Entidades y normas que nos regulan
Asociación Nacional de Fondos de Empleados - ANALFE
Es un organismo gremial del sector de la economía solidaria que representa a los Fondos de Empleados del país
Ley 1391 de 2010
El objeto de esta ley es reformar la norma rectora de la forma asociativa conocida como Fondos de Empleados para adecuarla a las condiciones, sociales, políticas y culturales que determinan el desempeño de estas empresas. Por medio de ella se modifica el decreto Ley 1481 de 1989 y se dictan otras disposiciones.
Descargue el documento
Superintendencia de la Economía Solidaria
Es el organismo encargado de la supervisión integral del sector de la economía solidaria y de defender los derechos de los asociados.
Ley 1481 de 1989
Por la cual se determinan la naturaleza, características, constitución, regímenes internos, de responsabilidad, sanciones y se dictan medidas para el fomento de los fondos de empleados.
Descargue el documento
Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias
Departamento encargado de dirigir y coordinar la política estatal para la promoción, planeación, protección, fortalecimiento y desarrollo de las organizaciones de la Economía Solidaria.
Ley 454 de 1998
Por la cual se determina el marco conceptual que regula la economía solidaria, se transforma el Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas en el Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria, se crea la Superintendencia de la Economía Solidaria, se crea el Fondo de Garantías para las Cooperativas Financieras y de Ahorro y Crédito, se dictan normas sobre la actividad financiera de las entidades de naturaleza cooperativa y se expiden otras disposiciones.
Descargue el documento
Estatutos Fondo de Empleados Colsubsidio F.E.C.
Es el conjunto de reglas y normas fundamentales para el funcionamiento y regulación de las actividades del FEC. Consulte los estatutos aprobados por la Asamblea General el 21 de marzo de 2019.
Descargue el documento
Normatividad interna
Reglamento de Crédito
Para utilizar nuestro servicio de crédito el asociado debe cumplir con las siguientes condiciones:
Diligenciar la solicitud de crédito suministrando la información requerida, acreditar capacidad de pago, autorizar el descuento por nómina y otorgar las garantías exigidas por el FEC.
Comprometer máximo el 40% de su salario básico y el 90% del valor de sus primas semestrales en la cancelación de los créditos.
Autorizar la consulta y el reporte comercial a las Centrales de Riesgo, cuando el valor de los créditos sea superior a los dépositos.
Descargue el documento
Balance Social
Último informe de gestión presentado a la Asamblea General en marzo de 2022.
Descargue el documento
Código de Ética y Buen Gobierno FEC
Documento que reglamenta las actividades y procedimientos de los asociados, Directivos y trabajadores del FEC.
Descargue el documento